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jueves, 20 de septiembre de 2012

La mujer en el Corán, sus derechos y obligaciones




Dice Al-lah (lo que se interpreta en español): {¡Oh, humanos! Temed a vuestro Señor Quien os Ha Creado a partir de un solo ser, del que Creó a su esposa e Hizo descender de ambos muchos hombres y mujeres. Temed a Al-lah, en Cuyo Nombre os reclamáis vuestros derechos, y respetad los lazos de parentesco. Por cierto que Al-lah os Observa.} [Corán 4:1], estas palabras son un llamado a la piedad, a que acatemos las órdenes de Al-lah y a que no sobrepasemos los límites establecidos por Él, en especial los que tienen que ver con el parentesco y los lazos familiares resultantes del matrimonio. Así mismo, Al-lah nos Ordena respetar y cuidar los vínculos de consanguinidad, fortaleciéndolos con el cariño y la bondad, y nos Previno de negarlos o romperlos. También nos Hace saber que todos los humanos procedemos del mismo origen: de un hombre, Adam (Adán), a quién Creó de arcilla; y que el objetivo de la creación es que creamos en Él, de la manera como Él Quiere.
Por otro lado, Al-lah Aclara que el objetivo de nuestra existencia es la adoración, Dice (lo que se interpreta en español): {Por cierto que He Creado a los genios y a los hombres para que Me adoren. No Pretendo de ellos ningún sustento, ni Quiero que Me alimenten. Al-lah es el Sustentador, y Él posee un poder grandioso.} [Corán 51:56-58] Quien comprende realmente el sentido de la adoración, entiende el por qué de la Shari’ah (Ley Islámica); por ello, aplica las órdenes de Al-lah, es bendecido con que en su corazón se genere el temor A Al-lah, así que busca preservarse de incurrir en Su ira, buscando solamente complacerle y obedecerle. Tenemos, entonces, que cuando la gente adora únicamente a Al-lah con sinceridad, el bien se esparce y generaliza por todas partes, logrando la instauración de costumbres, conductas y valores nobles y elevados, lo que asegura que la tranquilidad, la armonía y la convivencia sea alcanzada por toda la humanidad. Todos estos beneficios son generales y no particularizan solo a los hombres, la mujer también se beneficia, sea en lo concerniente a la creencia, la adoración, el trato hacia ella o sus derechos y responsabilidades.
Este tratamiento igualitario nos demuestra que en el Islam el hombre y la mujer son considerados como iguales en cuanto a su esencia; es decir, ambos son seres humanos, fueron creados por Al-lah y dignificados por Él ante toda la creación. Lógicamente, esta igualdad no anula los rasgos particulares que caracteriza a cada uno de ellos; por ello es que la Shari’ah ha dispuesto algunas leyes específicas para cada sexo en base a la naturaleza y la función que desempeña cada uno en la vida. En cuanto a la mujer, Al-lah la Ha Mencionado en el Corán, Estableciendo sus derechos y deberes con justicia.
Cuando la humanidad sigue los principios y directrices divinos, la mujer se proyecta en la sociedad de una forma impresionante, pues ella es la principal responsable de fundar bases solidas sobre las cuales las nuevas generaciones se establezcan. Su papel es tan vital que su situación es el indicador del grado de progreso o atraso de una de una sociedad. Así pues, como del cuidado que se tenga con la mujer y la educación que reciba dependen el éxito de la sociedad, tenemos que el Corán dedica gran atención a todo lo que le permite a ella desempeñar su vital función en la vida. Por ello, aclara cómo debe ser su personalidad, qué lugar es el que le corresponde en la humanidad, proclama sus derechos y obligaciones, para que sea un miembro efectivo y ejempla en su familia, comunidad y sociedad en general.
Encontramos entonces que el Corán elevó a la mujer a la más alta condición de humanidad, libertad, justicia e igualdad, promoviendo la utilización de la razón y el sentido común, para que se entienda y aplique el verdadero sentido de la libertad, la justicia y la igualdad; y no acepta como excusa válida que la persona se esconda tras la idea de que cree y sigue lo que aprendió de sus antepasados, sus padres o la sociedad que lo rodea. Dice Al-lah (lo que se interpreta en español): {Nosotros vimos a nuestros padres que practicaban una religión, y les imitamos.} [Corán 43:23]
Todo este interés y cuidado especial que el Corán da a la mujer, sus derechos, deberes y estatus, busca llevar a toda la humanidad hacia la plenitud en esta vida y la felicidad en la otra. Este noble propósito no es ninguna utopía, es alcanzable y se pude materializar siempre y cuando se establezcan las órdenes de Al-lah expresadas Su Shari’ah. Estas disposiciones fueron Dadas por el Creador del ser humano y todo cuanto existe, por ello se ajustan perfectamente a las necesidades e intereses de la humanidad y la creación entera, son reales y fáciles da aplicar. Dice Al-lah (lo que se interpreta en español): {Hemos Hecho el Corán fácil de entender y de recordar. ¿Habrá alguien que reflexione?} [Corán 54:17] De hecho, la Shari’ah parte del fundamento de igualdad entre ambos sexos, por ello sus leyes son igualitarias, no discriminan a nadie, incluso las penas impuestas a los criminales son concebidas con el mismo sentido de igualdad.
El trato y la relación entre las personas también ha sido destacado en el Corán, todo en la medida justa y en proporción al estatus y el rol que desempeña cada uno, hombre y mujer, en la sociedad. Hablemos de la manutención, por ejemplo, se ha establecido que la mujer no tiene la obligación de mantener a nadie aunque tenga más dinero que su esposo; mientras que el hombre es el que debe suplir las necesidades de su esposa, debe asegurarle un hogar, alimentos, vestimenta y demás, en proporción a sus posibilidades. Dice Al-lah (lo que se interpreta en español): {Tratad bien a vuestras mujeres en la convivencia.} [Corán 4:19] {Reconciliaos con ellas en buenos términos o dejadlas de buena forma. No las retengáis para hacerles daño violando así las leyes de Al-lah.} [Corán 2:231], y {…y el padre tiene la obligación de proveer a la madre de su hijo el sustento diario y la vestimenta de acuerdo a sus recursos, a nadie se le exige fuera de sus posibilidades.}[Corán 2:233]
De igual forma, los derechos civiles entran en el círculo de igualdad entre el hombre y la mujer, lo que quiere decir que a la mujer se le ha concedido las mismas garantías que al hombre, sea soltera, casada, divorciada o viuda, lo cual nos señala que la Sharia´h concibe la idea de la independencia de su padre, esposo o persona responsable por ella, en términos civiles; por ello, tiene el derecho de poseer bienes y propiedades, y a disponer de ellos de la forma que le parezca, sin que nadie pueda prohibírselo o expropiarla de lo suyo. Si hablamos del matrimonio, en ningún momento el Islam la obliga a casarse cuando su Wali (representante) se lo ordena o escoge con quien hacerlo; por el contrario, la Shari’ah dictamina que la mujer tiene toda la libertad de expresar su deseo o rechazo de casarse; es decir, ella puede escoger el hombre con el que quiera contraer matrimonio. Cuando el Wali ve a un hombre que reúne las características de fe y comportamiento adecuadas, solamente puede sugerírselo a su hija, no obligarla.
Con los dos ejemplos anteriores queda más que demostrada la justicia e igualdad con la que el Islam trata tanto al hombre como a la mujer. Este sentido no se pierde por el hecho de que existan algunas leyes específicas para las mujeres, pues estas están basadas en los propios intereses de ellas y las necesidades que su naturaleza exige. Volvemos e insistimos en que el Islam parte del mismo reconocimiento de la humanidad de ambos sexos por igual; por ello, establece leyes que buscan que los dos puedan elevar su condición, aumente su fe, mejoren su forma de adoración, salgan de la oscuridad de la ignorancia y llevarlos a la luz del conocimiento. Dice Al-lah (lo que se interpreta en español): {¡Oh, creyentes! Obedeced a Al-lah y al Mensajero cuando os exhortan a practicar aquello que os vivifica [el Islam]} [Corán 8:24]

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